Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015
Fecha: 09-Sep-2015
i)
La presente acción de inconstitucionalidad concreta es presentada contra el art. 222 del CP, que tipifica el delito de “incumplimiento de contratos”, sosteniendo respecto a dicho delito que: i) Contraviene la prohibición de la cárcel por deudas; y, ii) Lesiona el principio de igualdad pues si el Estado incumple un contrato no se prevé cárcel.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- a)
- admitió
- 1)
- II.1.
- II.
- III.1. El control de constitucionalidad normativo ejercido a través de la acción de inconstitucionalidad concreta y la cosa juzgada constitucional
- i)
- III.2.1. Sobre el cargo de inconstitucionalidad en sentido que el tipo penal impugnado lesiona la prohibición de la prisión por deudas
- III.2.2. Respecto a la supuesta vulneración del principio de igualdad entre el contratista y el Estado
- CONSTITUCIONALIDAD