SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2015-S1
Fecha: 04-Sep-2015
III.4. Análisis del caso concreto
De la revisión de los antecedentes, se constata que por mandamiento de libertad de 21 de noviembre de 2014, el Juez Segundo de Ejecución Penal, ordenó la libertad del ahora accionante, de igual forma se evidencia la emisión de mandamiento de libertad ordenado por el Juez Cuarto de la misma materia, encomendando su cumplimiento al Director del Recinto Penitenciario de San Pedro; sin embargo, dicha autoridad en su labor de verificación sobre la existencia de otras ordenes, encontró que en el file personal de Alejandro Condori Calamani existía un tercer mandamiento de detención preventiva, emitido por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, lo que determinó no hacer efectiva la libertad que se tenía ordenada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegar
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- «Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad»”
- III.2.
- resulta implícito el deber jurídico que recae sobre la Gobernación de la cárcel de tomar las debidas previsiones para evitar que alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica, lo cual le impele a tener que verificar y solicitar la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mandamiento…».
- III.3.
- Reglas que no son limitativas, pues al margen de velar porque se respeten los derechos y garantías del detenido, tienen también la alta responsabilidad que les asigna la ley, de evitar que el interno que estuviese detenido por orden de otras autoridades se evada, burlando a la justicia, lo que le generaría igualmente responsabilidad…’.
- III.4. Análisis del caso concreto
- están obligados a verificar si existe alguna orden contra la persona que quiera hacer valer el mandamiento de libertad y determinar si el mandamiento de libertad presentado es auténtico entre otras verificaciones
- CONFIRMAR