SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2015-S1
Fecha: 14-Sep-2015
concedió
La Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 013/2015 de 13 de marzo, cursante de fs. 42 a 44, concedió la tutela impetrada, disponiendo que la Jueza demandada cumpla con la remisión de la apelación en el plazo más breve posible, bajo los siguientes fundamentos: a) Ante la evidente negligencia o dilación por parte de la autoridad jurisdiccional corresponde conceder la tutela; b) Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo instaló la audiencia de medidas cautelares el 6 de marzo de 2015, y dispuso la detención preventiva de José Ernesto Lijerón Rivas, en la misma oportunidad; ante ese hecho el accionante interpuso recurso de apelación incidental, por lo que, no corresponde a esta instancia ingresar al fondo de dicha impugnación; c) En relación a la demora acusada por el impetrante de tutela se tiene que la autoridad demandada tenía el plazo de veinticuatro horas para remitir obrados y que la excusa respecto a la falta de personal de apoyo jurisdiccional y que el apelante no proveyó los recaudos de ley, no constituyen argumentos válidos, ya que de por medio se encuentra la libertad de las personas; y, d) Se evidenció que el legajo de apelación fue remitido el 12 de marzo de 2015, quedando establecida la dilación indebida y la vulneración al derecho a la libertad del impetrante de tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El debido proceso y el principio de celeridad en la acción de libertad
- III.3. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- De donde se colige que, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional sentada por el Tribunal Constitucional, el habeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR