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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2015-S1

    Fecha: 14-Sep-2015

    CONFIRMAR

    El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 013/2015 de 13 de marzo, cursante de fs. 42 a 44, pronunciada por la Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2. El debido proceso y el principio de celeridad en la acción de libertad
    • III.3. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • De donde se colige que, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional sentada por el Tribunal Constitucional, el habeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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