Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
denegó
La Jueza Tercera de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 28 de febrero de 2015, cursante de fs. 134 vta. a 139 vta., denegó la tutela solicitada, con el fundamento que, las Vocales demandadas, circunscribieron su Resolución a los puntos apelados parcialmente por el abogado del accionante, quien dijo estar colectando documentación respecto de los otros riesgos procesales; es decir, solo se apeló de los presupuestos previstos en los arts. 234.1 y 10; y, 235.1 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR