Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por medio de su representante estima como vulnerados sus derechos a la libertad, a la dignidad humana, a la presunción de inocencia, al debido proceso en su elemento debida fundamentación, y al principio de favorabilidad; por cuanto, las autoridades demandadas rechazaron su solicitud de cesación de la detención preventiva, sin la debida fundamentación, pues no consideraron ni valoraron adecuadamente los elementos probatorios presentados para desvirtuar los riesgos procesales existentes.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR