SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Julio Castillo Mora -ahora accionante- y otros, por la presunta comisión del delito de robo agravado, el Fiscal de Materia requirió la salida alternativa de suspensión condicional del proceso a favor de los imputados Carlos Huaman Quispe y el accionante (fs. 27 a 28 vta.), en mérito a lo cual el 28 de enero de 2015, se llevó a cabo la audiencia pública para su consideración (fs. 30), dictándose posteriormente la Resolución 33/2015 de la misma fecha, por lo que el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, aceptó el requerimiento conclusivo presentado por el Fiscal de Materia, disponiendo diferentes reglas de conducta a ser cumplidas por los referidos imputados por el periodo de dos años calendario (fs. 31 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ESTABLECE SU IDENTIDAD EN EL PENAL
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- Fragmento 12
- i)
- 1º