Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
II.3.
II.3. Cursa en obrados, informe de 3 de marzo de 2015, dirigido a Bernardino Baldivieso Ayra, Director del Recinto Penitenciario “San Pedro” de La Paz -hoy demandado-, por Alexey Paz Aranda, Verificador a.i. del referido Penal, en el cual indicó: “El motivo de la presente es para reiterar los nombres de los Privados de Libertad que cuentan con Mandamiento de Libertad ya verificados en su momento y que hasta la fecha NO PRESENTARON los requisitos para realizar el informe respectivo de su Libertad…” (sic), constando a continuación una lista con veinte nombres entre los cuales está el accionante (fs. 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ESTABLECE SU IDENTIDAD EN EL PENAL
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- Fragmento 12
- i)
- 1º