Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por medio de su representante, denuncia que el Gobernador del Recinto Penitenciario “San Pedro” se rehúsó a ejecutar el mandamiento de libertad librado a su favor en cumplimiento de la Resolución 33/2015 de 28 de enero, pronunciada por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, que dispuso la suspensión condicional del proceso, bajo el argumento que su persona no cuenta con Cédula de Identidad, no obstante que en el referido recinto penitenciario existe un kárdex con su fotografía y demás antecedentes, además de ser un documento que no se le exigió a momento de su ingreso a dicho centro penitenciario.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ESTABLECE SU IDENTIDAD EN EL PENAL
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- Fragmento 12
- i)
- 1º