Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2015-S3
Fecha: 29-Sep-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, fue imputado formalmente ante el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, siendo el proceso penal remitido al “Juez Primero de Instrucción Penal Cautelar” (sic), ante lo cual planteó excepción de incompetencia en razón al territorio, reiterándose la misma en tres oportunidades, solicitud que no fue considerada, siendo esta de previo y especial pronunciamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- retiró la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los presupuestos que deben concurrir para que el debido proceso sea activado vía acción de libertad
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR