SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

1)

Rudy Nelson Terrazas Torrico, Fiscal de Materia, en audiencia señaló, que: 1) En la Fiscalía de Viacha, se interpuso una denuncia formal, presentada por Catalina Choque Vda. de Condori, contra Antonio Eduardo Palacios y otros por los delitos de avasallamiento y amenazas; 2) El Ministerio Público, adjuntó documentación, Folio Real y derecho propietario que las Sentencias Constitucionales establecen que tienen toda la validez; 3) Se dio inicio a la investigación correspondiente a efectos del control jurisdiccional; asimismo, la preparatoria ratificó su denuncia y dentro de las competencias establecidas por ley se procedió al registro del lugar de los hechos, con la alternativa de desocupación, ya que la delación manifiesta de robo de cocinas, picotas, etc., así como de la existencia de dinamitas, explosivos por lo cual, se solicitó apoyo policial; 4) Con fines investigativos fueron conducidas varias personas, existiendo ampliación por los delitos de tenencia, porte o portación ilícito y almacenaje peligroso, presentada el 4 de marzo de 2015; 5) Negó haber procedido a derrumbar inmuebles o generar algún tipo de destrozos; 6) En el registro se evidenció varias casas destruidas y se entró a la sede de los comunarios, encontrándose gases lacrimógenos, petardos, y citaciones que señalaban la organización de los pinos de Viacha y la venta de terrenos al contado y a crédito, prendas militares, cascos, mechas de dinamitas y palos; fuera del lugar quemaron llantas, los imputados durmieron en el lugar y poseían palos en las manos; 7) El Ministerio Público, enmarcado en su Ley 260 de 11 de julio de 2012,  solicitó vía requerimiento fiscal a la oficina de Derechos Reales (DD.RR.), la respectiva certificación del inmueble; 8) La denunciante, presentó la matrícula donde se encuentra vigente su derecho propietario sobre nueve hectáreas en la comunidad “Quipaquipani”, ubicado en la población de Viacha de la Provincia Ingavi del departamento de La Paz; y, 9) No consideró la vulneración de derechos, tampoco se cometieron irregularidades, por lo que solicitó se declare “improbada” la presente acción de libertad.