Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2015-S1
Fecha: 29-Sep-2015
II.1.
II.1. Amalia Cruz Vera, Fiscal de Materia, por memorial de 26 de marzo de 2015, dirigido al Juez de Instrucción en lo Penal, Mixto y Liquidador de Ivirgarzama, imputó formalmente al accionante por la presunta comisión de los delitos de fabricación, comercio o tenencia de substancias explosivas, asfixiantes, etc. (fs. 2 a 3 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR