Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2015-S1
Fecha: 29-Sep-2015
II.2.
II.2. Por copia de Resolución de 26 de marzo de 2015, emitida por el Juez anteriormente mencionado, se advierte que dicha autoridad tomó conocimiento del inicio de investigación, la imputación formal y la solicitud de aplicación de medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público dentro del proceso penal seguido contra Dionicio Rosa Quiroga por la presunta comisión del delito de fabricación, comercio o tenencia de sustancias explosivas, asfixiantes, etc., lesiones graves y leves, previsto por los arts. 211 y 271 del Código Penal (CP), respectivamente. Asimismo, señaló audiencia de aplicación de medidas cautelares para el 26 de marzo de 2015 a horas 15:40 (fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR