SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2015-S1

Fecha: 29-Sep-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías; por Resolución 84/2015 de 20 de marzo, cursante de fs. 449 a 464 vta., denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: 1) El Tribunal de garantías verifica si las conductas denunciadas por los accionantes constituyen o no actos u omisiones ilegales o indebidos  atribuibles a las personas o autoridades demandadas y si hubieran afectado los derechos fundamentales de estos; 2) La acción de amparo constitucional, tiene el carácter tutelar, no forma parte de las vías legales ordinarias; 3) Reclamaron errónea interpretación de legalidad ordinaria, pero no establecieron el nexo de causalidad entre estos y la interpretación de la resolución impugnada a pesar de que por Decreto de 27 de febrero de 2015, se solicitó a los impetrantes de tutela que previamente expliquen ese aspecto; sin embargo, en el memorial con la suma de “cumple lo dispuesto” (sic) no realizaron ninguna subsanación, repitiendo los mismos argumentos ya mencionados en el memorial de demanda; y, 4) En cuanto al reclamo de la vulneración del derecho a la igualdad vinculado al juicio de admisibilidad del recurso de casación previsto en el art. 258 del CPC, este no fue observado a momento de su contestación.