SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2015-S1

Fecha: 29-Sep-2015

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes consideran lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de una debida fundamentación, motivación y congruencia, a la defensa, presunción de inocencia, y al trabajo; toda vez que, no fueron debidamente notificados con la Resolución Administrativa emitida en el proceso administrativo; y, el Auto Supremo 289 de 25 de agosto de 2014, resolvió el recurso de casación interpuesto por la Empresa Minera Huanuni, a pesar de no cumplir con los requisitos establecidos en el art. 258 del CPC, no consideró que el despido no se encuentra en el resultado del proceso interno que se les siguió, sino en la ausencia de respeto al debido proceso en el mismo, además no observaron que les limitaron su derecho a recurrir dentro del proceso administrativo, porque las diligencias se realizaron en igual hora y fecha.