Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
Fragmento 14
De acuerdo al entendimiento jurisprudencial citado, se extrae que la falta de pronunciamiento sobre uno o algunos de los puntos expuestos como agravios por parte de la autoridad judicial o administrativa, constituye una vulneración al principio de congruencia denominada incongruencia omisiva, que es atentatorio al debido proceso en su elemento fundamentación o motivación por su vinculación directa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Respecto al derecho a la educación
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17