Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2015-S1
Fecha: 29-Sep-2015
II.1.
II.1. El 8 de enero de 2015, Hugo Flores Miranda, Fiscal de Materia, informó el inicio de la investigación ante el Juez Instructor Mixto en lo Penal de Guaqui del departamento de La Paz, haciendo conocer la apertura de la investigación contra Florentino Blanco, por el supuesto ilícito de violación de infante, niño, niña o adolescente establecido en el art. 308 bis del Código Penal (CP) (fs. 44).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad y personas demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- todo
- III.5. Análisis del caso
- CONFIRMAR