SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0927/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos de su representada al debido proceso, a la defensa, a la “seguridad jurídica”; debido a que, la autoridad demandada pronunció Auto de Rechazo ante la presentación de Recurso Jerárquico pero el mismo estaba dirigido a Rodrigo Leigue Gutiérrez; sin embargo, éste no presentó recurso alguno, siendo su representante legal Oscar Camilo Campos Mamani.
Del análisis de datos que cursan en expediente y que se encuentran enseñados en las conclusiones del presente fallo; se tiene que, emergente de un proceso administrativo, la Empresa Esencial S.R.L., mediante su representante legal Rodrigo Leigue Gutiérrez, presentó Recurso de Alzada ante la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (fs. 56 a 60), dictando ésta, Auto de Observación en el que se le instruía adjuntar Poder de representación expreso conforme a ley y documentos que respalden su personería (fs. 61); en cumplimiento a lo extrañado, Rodrigo Leigue Gutiérrez, en su calidad de Gerente General de la Empresa Esencial S.R.L., confirió Poder Especial Amplio y Suficiente en favor de Oscar Camilo Campos Mamani (fs. 71 a 72 vta.); quien, se apersonó por ante la AIT, ratificando el Recurso de Alzada; cuyo fallo, confirmó la Resolución Determinativa en su contra, misma que, fue notificada a Rodrigo Leigue Gutiérrez a las 11:30 del 5 de noviembre de 2014.
Ante esa decisión, el 26 de noviembre de 2014, Oscar Camilo Campos Mamani, Representante Legal de Esencial S.R.L., interpuso Recurso Jerárquico, que mereció Auto de Rechazo por parte de Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva Regional de la Autoridad de Impugnación Tributaria; debido a que, fue presentado extemporáneamente, 21 días después de la notificación con la Resolución impugnada; es decir, fuera de plazo legal.