AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2016-RCA

Fecha: 15-Ene-2016

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memoriales presentados el 18  y 25 de noviembre de 2015, cursantes de fs. 17 a 19 vta.; y, 27 a 30, respectivamente; el accionante a través de su representante legal manifestó que, habiéndose adjudicado dos motocicletas de la Asociación de Mantenimiento Vial AMVI II, en el Municipio de Villa Tunari estas le fueron “quitadas” por funcionarios de la Dirección de Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE) del departamento de Cochabamba, sin tener reporte de robo de las mencionadas motocicletas; y posteriormente, fueron remitidas a la Gerencia Regional Cochabamba de la ANB, donde se siguió un procedimiento administrativo aduanero por supuesto contrabando contravencional, el que mediante los Autos Administrativos                                  AN-CBBCI-AA-0288/12 y AN-CBBCI-AA-0289/12, ambos de 12 de junio, que declararon improbado el contrabando contravencional respecto a ambas motocicletas, disponiendo la remisión de las mismas a la Dirección Departamental de DIPROVE para la toma de acciones que legalmente corresponda.

Alegó que, posteriormente, solicitó el cumplimiento de los referidos Autos, obteniendo como respuesta el proveído de 11 de mayo de 2015, señalando que                  la entonces Administradora de Aduana Regional Cochabamba, Vania Muñoz                             Gamarra emitió los Autos Administrativos AN-GRCGR-CBBCI 0004/2014 y                                      AN-GRCGR-CBBCI 0005/2014 ambos de 14 de febrero, disponiendo la devolución de ambas motocicletas a favor del representante legal del Viceministerio de Desarrollo Alternativo PROV.DAI./CONCADE, lesionando con ello sus derechos, Autos con los que le notificaron en Secretaria de la Administración Aduanera el 2 de abril de 2014.