SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fueron contratados por la Empresa de Transportes y Servicios CHANE S.A. -ahora demandada-, ingresando a trabajar el primero -Eduardo Rojas Obando- , en calidad de eléctrico el 19 de marzo de 2007, siendo despedido el 6 de diciembre de 2014, mientras que el segundo -Rubén Guasase Añez- como ayudante jardinero y retirado el 6 del mismo mes y año, sin tomar en cuenta que como trabajadores de dicha empresa desgastaron su fuerza laboral.

Ante los abusos, atropellos y arbitrariedades del empleador hacia los trabajadores de la referida empresa, decidieron postularse al Sindicato Mixto de Trabajadores de la empresa ahora demandada, siendo elegidos el 24 de julio de 2014, como miembros de la Directiva del citado Sindicato por las gestiones correspondientes desde el 18 de septiembre 2013 al 17 de septiembre de 2015, siendo reconocidos mediante Resolución Administrativa (RA) 101/13 de 20 de septiembre de 2013, por el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz y la misma refrendada por la Resolución Suprema (RS) 13696 de 4 de diciembre.