SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Nils Dionicio Garnica Calizaya, Corregidor Menor de la comunidad campesina de Porcelana del municipio de Bermejo del departamento de Tarija, mediante memorial presentado el 31 de julio de 2015, cursante a fs. 229 y vta., informó que: “Evidentemente en fecha 28 de abril del año en curso a pedido de los comunarios…” (sic), convocó a la asamblea de la OTB de la aludida comunidad, por los problemas que sucedieron en relación a los manejos del Programa Solidario 2013 (PROSOL); en dicha asamblea, comunarios se molestaron contra Arsemio Isidro Colque Aguilar, quien ocupaba el cargo de Secretario de la mencionada OTB porque no dio soluciones al indicado conflicto. En esas circunstancias, la comunidad eligió el comité ad-hoc.

Juan Muñoz Molina, Javier Coronado Mendoza y Basilia Nieves, miembros del Comité ad-hoc, mediante memorial presentado el 31 de julio de 2015, manifestaron que después de su elección convocaron a una asamblea de la comunidad campesina Porcelana del municipio de Bermejo del departamento de Tarija. El anterior Directorio de la OTB de dicha comunidad no fue destituido, sino que se removió y se eligió una nueva Directiva, en un proceso democrático, con participación de ciento catorce afiliados que se constituyen en la mayoría; incluso Arsemio Isidro Colque Aguilar, anterior secretario –ahora accionante–, presenció la asamblea y al finalizar abandono la misma. En los actos del Directorio que fue removido, se encontró irregularidades sobre la extracción de áridos, además no se cumplió con el seguimiento a los proyectos ni presentó el informe económico.

Ivar Rivera, Felicidad López Romero, Yenni Rueda Velasquez, Osvaldo Velásquez Fernández, Salvador Llanos Suvia, Pedro Alberto Flores Lopez y Candelaria Quiroga, miembros del nuevo Directorio de la OTB de la comunidad campesina Porcelana del municipio de Bermejo del departamento de Tarija, mediante el memorial presentado el 31 de julio de 2015, cursante de fs. 230 a 231 vta., indicaron que el 9 de mayo de 2015 se eligió dicho Directorio y ante la ausencia de la Secretaria Ejecutiva de la Federación Única Especial de Trabajadores Campesinos de Bermejo, fueron posesionados por el Comité ad-hoc. La anterior directiva fue removida de sus funciones por su irresponsabilidad, negligencia e incumplimiento de sus funciones.

Felicidad Ventura, Secretaria Ejecutiva de la Federación Sindical Única Especial de Trabajadores Campesinos de Bermejo, mediante memorial presentado el 31 de julio de 2015, cursante a fs. 232 y vta., manifestó que el 9 de mayo de 2015, asistió a la reunión de la comunidad campesina Porcelana del municipio de Bermejo del departamento de Tarija; su participación en dicha reunión, consistió en orientar y dar solución a los problemas sucedidos en la mencionada comunidad, su presencia no avalo ningún acto, más bien, Arsemio Isidro Colque Aguilar –ahora accionante– anteriormente Secretario de la OTB de la aludida comunidad, en reiteradas oportunidades presentó conductas de amenaza y de amedrentamiento contra los afiliados.