Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que se vulneraron sus derechos políticos al sufragio y a ser elegido; por cuanto, los miembros del Comité Electoral de COSEGUA Ltda. -hoy demandados- mediante Resoluciones 02/2015 de 15 de julio y 05/2015 de 31 de igual mes, inhabilitaron su postulación a la Presidencia del Consejo de Administración de dicha Cooperativa, con el fundamento de no contar con autorización de la asamblea de socios para una tercera reelección consecutiva.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Denegatoria de acción de amparo constitucional por identidad de sujetos, objeto y causa
- sólo en caso de que la misma hubiera declarado la improcedencia del recurso por cuestiones formales que no significan el análisis del fondo del asunto,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO