SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Las accionantes consideraron lesionados sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral; puesto que, al estar cumpliendo sus funciones laborales, el 14 de octubre de 2014 se les comunicó la cesación de sus funciones a partir del 15 de enero de 2015, motivo por el cual una vez cumplida esta advertencia, denunciaron este despido injustificado ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Tarija y la misma  mediante conminatorias de 2 de marzo del citado año, dispuso que Julio Ramiro Saniz Balderrama, Director de SEDECA, reincorpore a las hoy impetrantes de tutela a su fuente de trabajo, empero se incumplió lo establecido, hasta la fecha de la presentación de esta acción de defensa.