Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
II.3.
II.3. El 27 de mayo de 2015, el accionante planteó incidente de nulidad ante el Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, pidiendo anule el proceso hasta que se lo notifica con el Auto de Vista de 7 de septiembre de 2006 (fs. 93 a 94). Dicho incidente fue rechazado por decreto de 29 de marzo de 2015, el cual indicó que: “El proceso se encuentra ejecutoriado, en todo caso recurra ante la Sala Penal que ha fungido como Tribunal de apelación…(sic)” (fs. 95). Posteriormente, el 12 de junio de 2015, solicitó remisión de antecedentes ante la Sala Penal Primera que pronunció el referido Auto de Vista (fs. 97 y vta.), pedido que fue rechazado.