Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
II.4.
II.4. El accionante el 29 de junio de 2015, recurrió ante los Vocales ahora demandados, promoviendo incidente de nulidad por defectos absolutos (fs. 99 a 100 vta.), el cual fue respondido por decreto de 3 de julio de 2015, que refiere se esté a la competencia limitada prevista en el art. 398 del CPP (fs. 101).