SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2016-S1
Fecha: 14-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la lesión de sus derechos al debido proceso en sus vertientes falta de fundamentación, motivación y congruencia, toda vez que dentro de la ejecución coactiva en su contra por el supuesto delito de contrabando planteó excepción de prescripción la cual fue rechazada por la Gerencia Regional de la Aduana de La Paz, razón por la cual presentó recurso de alzada ante tal decisión, misma que mereció la Resolución ARIT-LPZ/RA 0294/2015, donde se resolvió revocar la resolución citada ut supra y consecuentemente declaró prescrita la sanción impuesta; empero la entidad aduanera presentó recurso jerárquico lo que origino que la AGIT hoy demandada emita la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1074/2015 de 29 de junio en la cual decidió revocar totalmente la resolución del recurso de alzada y mantuvo subsistente la resolución que rechazo la solicitud de prescripción de la sanción impuesta, con un argumento totalmente infundado y erróneo puesto que aplicó retroactivamente una norma incurriendo en una manifiesta violación, ya que ni siquiera fundamentó o motivó los argumentos, menos citó ninguna norma legal que respalde tal afirmación denotando una ausencia total de fundamentación jurídica, incluido al hecho que omitió considerar y analizar argumentos planteados y por el contrario de manera “EXTRA Y ULTRA PETITA” se pronunció sobre aspectos no pedidos incurriendo en una evidente y total inobservancia al principio de congruencia en relación al argumento planteado por la parte apelante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho al debido proceso
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.3. Sobre el principio de congruencia como componente del debido proceso
- Fragmento 15
- sino también en las decisiones que adopten a través de las distintas resoluciones dictadas para dirimir situaciones jurídicas o administrativas y que afecten derechos fundamentales,
- CONFIRMAR