SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2016-S3

Fecha: 14-Ene-2016

concedió

La Jueza Octava de Partido, de Sentencia Penal y Liquidadora del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 144/2015 de 11 de septiembre, cursante de fs. 21 a 22, concedió la tutela solicitada, disponiendo la remisión de antecedentes ante el Tribunal Departamental de Justicia en el plazo de veinticuatro horas de su notificación con la presente resolución, en base a los siguientes fundamentos: a) Habiéndose apelado la Resolución de rechazo a la solicitud de cesación a la detención preventiva en audiencia el 28 de agosto de 2015, la misma no fue remitida por la autoridad demandada en el plazo establecido en el art. 251 del CPP, y el Juez hoy demandado salió de vacaciones de forma posterior al plazo de veinticuatro horas referido en la norma, vulnerándose los principios establecidos en los arts. 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, b) Respecto a que los hoy accionantes no proveyeron los recaudos, no pudieron cumplir con la misma porque el acta y Resolución de 28 de agosto de 2015, no se encuentran en el cuaderno de control jurisdiccional.