SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2016-S3

Fecha: 14-Ene-2016

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante en audiencia, ratificó in extenso los términos expuestos en su demanda de acción de libertad, refiriendo que a pesar de que en el expediente cursan actuaciones de 3 de septiembre de 2015, no se encuentra la resolución de cesación a la detención preventiva de 28 de agosto de igual año, lo que quiere decir, que la apelación hasta el día de hoy 11 de mismo mes y año, no fue remitida al Tribunal de alzada para el trámite correspondiente, incumpliendo el plazo de veinticuatro horas previsto en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), incurriendo en incumplimiento de deberes; asimismo, tuvieron conocimiento que el Juez saldría de vacaciones el 2 de septiembre de referido año.