SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2016-S1

Fecha: 15-Ene-2016

improcedente

La Sala en materia de Trabajo y Seguridad Social, Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 20/2015 de 15 de septiembre, cursante de fs. 135 a 137 vta., declaró improcedente la acción sin ingresar al examen de fondo, en base a los siguientes fundamentos: i) El Código Procesal Constitucional en su art. 53.3, determina que la acción de amparo no procederá contra resoluciones cuya ejecución estuviere suspendida por efecto de algún medio de defensa o recurso ordinario o extraordinario interpuesto con anterioridad por el recurrente, y en cuya razón pudieran ser revisadas, modificadas, revocadas o anuladas; y, ii) Existe una respuesta pendiente del Consejo de Administración de COATRI LTDA., al recurso de impugnación interpuesto por el accionante, misma que pueda modificar, alterar lo sustancial, dejar sin efecto o en su caso confirmar su resolución.