SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2016-S1

Fecha: 29-Ene-2016

denegó

La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 62/2015 de 14 de septiembre, cursante de fs. 507 a 510 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Respecto a la vulneración del derecho a la presunción de inocencia alegada por la accionante, no es posible afirmar dicho extremo; toda vez que, la accionante estaba en su derecho de someterse a la prueba de alcohotest a fin de desvirtuar lo señalado en los informes policiales; asimismo, no presentó medio probatorio a efectos de demostrar su inocencia, ni asumió defensa oportuna, siendo que la garantía de presunción de inocencia no suple la carga probatoria a “efectos de demostrar su inocencia” (sic); 2) La accionante tuvo las instancias correspondientes a efectos de demostrar las denuncias de maltratos en vulneración de su integridad física y psicológica, no pudiendo el Tribunal de garantías ingresar a dilucidar dichos extremos; 3) Con relación a la vulneración del derecho al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación y derecho a la defensa; se tiene que, consiste en el sustento que debe tener la decisión asumida que permita al justiciable conocer los motivos por los que asume una decisión, misma que no necesariamente debe ser ampulosa; aspectos que se cumplen en las resoluciones cuestionadas, por lo que no corresponde la tutela por la vulneración alegada; y, 4) Con relación a la supuesta vulneración del derecho a la educación superior; si bien, se halla garantizado constitucionalmente; sin embargo, la accionante tiene la carga de cumplir los requisitos para acceder al señalado derecho, y en el presente caso, tenía conocimiento del Reglamento y las condiciones de permanencia en la institución mismos que inobservó e incumplió, no correspondiendo conceder la tutela.