Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2016-S3
Fecha: 18-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que se lesionaron sus derechos al debido proceso en su vertiente de motivación, fundamentación, congruencia, pertinencia, razonabilidad y aplicación objetiva del ordenamiento jurídico; y, a la tutela judicial efectiva en su vertiente de “acceso al recurso efectivo y a la justicia”, por cuanto las autoridades demandadas, a tiempo de emitir el Auto de Vista SCCFI 28/2015, no analizaron la validez del acuerdo transaccional de aclaración y entrega de dinero suscrito el 4 de agosto de 2014, que fue presentado por los entonces demandantes, en virtud del cual la Jueza a quo dispuso que su persona entregue el bien inmueble objeto del proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- vinculación
- en tres dimensiones distintas
- 1) Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada, los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR