SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2016-S3

Fecha: 28-Ene-2016

concedió

El Juez de Partido y de Sentencia Penal de San José de Chiquitos del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 07/2015 de 9 de septiembre, cursante de fs. 15 a 16, concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad judicial demandada, instale audiencia para considerar la solicitud del perdón judicial del accionante en el término de veinticuatro horas desde la notificación con la presente Resolución, tomando en cuenta las disposiciones constitucionales, Tratados Internacionales y la normativa vigente, bajo los siguientes fundamentos: i) La Jueza hoy demandada antepuso la responsabilidad civil al derecho a la libertad; ii) El art. 369 del CPP, dispone que el perdón judicial no exime de la responsabilidad civil, la cual puede ser perseguida de manera independiente, por lo que no se constituye en un impedimento para que la autoridad judicial resuelva motivada y fundamentadamente la solicitud del perdón judicial; ya que se estaría privando al accionante de su derecho a ser oído y que sus peticiones sean atendidas; y, iii) En este caso, se le estaría privando de su libertad como garantía de un resarcimiento civil, situación que contraviene la normativa que señala que no existe prisión por deuda.