Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
II.2.
II.2. Consta acta de denuncia de 26 de septiembre de 2015, realizada en la FELCC de Sucre, a horas 15:25, por Roxana Garnica Amachuy y Yolanda Verónica Maturano Sossa empleadas de la “…sucursal No. 1 FASIL PRENDA AQUÍ…” (sic) contra el actual accionante por la comisión del delito de estafa (fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe del funcionario policial demandado
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer supuesto:
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR