SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
I.1. Contenido de la demanda
Dentro de la investigación seguida por el Ministerio Público en su contra, a denuncia de Bertrand Marie Pierre Roger Raymond de Lassus, por la supuesta comisión del delito de robo agravado y otros, el 13 de mayo de 2015, ingresó la respectiva denuncia al Ministerio Público, informándose del inicio de la investigación a la autoridad judicial ahora demandada; posteriormente, se tomaron las declaraciones de los testigos, y en la misma fecha, el investigador asignado al caso sugirió el allanamiento de su domicilio y el secuestro de una movilidad; por lo que, al día siguiente -14 del citado mes y año- la Jueza demandada, emitió mandamiento de allanamiento, y aparejado a tal actuación procesal el Fiscal de Materia codemandado libró orden de aprehensión en su contra; y, el 15 de igual mes y año, funcionarios policiales ingresaron a su domicilio procediendo a precintar dos cajas fuertes que no tienen nada que ver con el delito investigado.
Refirió que, solicitó a la Jueza demandada dejar sin efecto la orden de aprehensión; la cual, fue anulada en dos oportunidades -18 y 22 de mayo de 2015 (ante la solicitud de reposición del Fiscal de Materia)-; sin embargo, pese estar anulada, la autoridad fiscal entregó la ilegal orden de aprehensión a un funcionario policial, quien ejecutó la misma el 29 de igual mes y año, en el departamento de Beni, donde el accionante se encontraba “…trabajando para mi denunciante verdugo…” (sic).
Finalmente, agregó que, fue llevado a La Guardia, el 31 de mayo de 2015, siendo cautelado el 1 de junio de dicho año, sin que la Jueza demandada corrija procedimiento, resguardando el debido proceso, siendo que dicha autoridad judicial fue la que anuló la orden de aprehensión del representante del Ministerio Público, y al contrario, ordenó su detención preventiva, habiendo aplicado el art. 168 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sólo para anular la orden de aprehensión, y no así ejercer el control de la investigación al no observar el proceder del Fiscal de Materia codemandado e investigar un hecho que se produjo en otro departamento -Beni-.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- a)
- se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- III.2.1. Con relación a la Jueza demandada
- III.2.2. Sobre el Fiscal de Materia codemandado
- CONFIRMAR