SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 15 de mayo de 2015, el hoy accionante solicitó a la Jueza ahora demandada, que deje sin efecto el mandamiento de aprehensión emitido en su contra, obteniendo como respuesta el decreto de 18 de igual mes y año; por el cual, dispuso que: “…el mandamiento de aprehensión librado por el Ministerio Público en contra de RENATO DE BRITO ANTONIO quede sin efecto, en caso de haber una vulneración flagrante de los derechos constitucionales…” (sic) (fs. 111 a 112); contra tal determinación, el representante del Ministerio Público codemandado, interpuso recurso de reposición solicitando “…REVOCAR Y DEJAR SIN EFECTO su providencia de fecha 18 de Mayo de 2015…” (sic), siendo resuelto por Auto de 22 de mayo de 2015 que “…RATIFICA y MANTIENE la providencia…” (sic) -ahora cuestionada- (fs. 113 a 115 vta.).
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- a)
- se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- III.2.1. Con relación a la Jueza demandada
- III.2.2. Sobre el Fiscal de Materia codemandado
- CONFIRMAR