Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2016-CA
Fecha: 11-Oct-2016
Fragmento 6
2. Las resoluciones dictadas por las autoridades judiciales, excepto cuando hubieran sido dictadas después de haber cesado o suspendidas en el ejercicio de sus funciones a causa de un proceso administrativo disciplinario en su contra. Esta última previsión es aplicable a las demás autoridades” (las negrillas nos corresponden).
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2.
- I.3. Petitorio
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Fragmento 6
- II.2. El recurso directo de nulidad no opera ante supuestas infracciones al debido proceso ligadas al cuestionamiento de la competencia
- 1)
- 2)
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA