Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0264/2016-CA
Fecha: 27-Oct-2016
Fragmento 1
En consulta la Resolución 97/2016 de 5 de octubre, cursante a fs. 78 y vta., pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Primero de Trinidad del departamento del Beni, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Lucio Gonzales Reynaga demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Transitoria Tercera parágrafo IV del Código Procesal Civil (CPC) -Ley 439 de 19 de noviembre de 2013- por ser presuntamente contraria a los arts. 1, 115.II, 116, 117.I, 120.I y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.I de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- un sorteo ilegal
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- RATIFICAR