Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0264/2016-CA
Fecha: 27-Oct-2016
Fragmento 5
El Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento del Beni, por Resolución 97/2016 de 5 de octubre, cursante a fs. 78 y vta., rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, fundamentando que, “El accionante hace una confusión entre supuestas actuaciones sin competencia del suscrito…” (sic), reclamando un saneamiento procesal, acusando de inconstitucional la Disposición Transitoria Tercera parágrafo IV del CPC, sin relacionar cómo dicha norma debe ser aplicada en una resolución final de alguna excepción o incidente, así sea en ejecución de sentencia; sin que exista una decisión definitiva a la que se aplique la norma impugnada de inconstitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- un sorteo ilegal
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- RATIFICAR