AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2016-RCA

Fecha: 07-Oct-2016

I.

El accionante indica que el proceso de ascenso al grado de General de Brigada es de carácter reservado, por lo que el único medio para efectuar representaciones o reclamos es una vez que se aprueba y se publica los nombres de los que ascendieron, conforme a lo establecido en el Reglamento “RA-01-40” y “RA-01-56”, habiendo presentado su solicitud al Comando General de Ejército por conducto regular el 6 de abril de 2016, lo que básicamente constituye en el agotamiento de la vía administrativa.