AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2016-RCA

Fecha: 07-Oct-2016

II.2. Análisis del caso concreto

Con relación al principio de inmediatez, el cómputo del plazo se inicia a partir de ocurrido el acto considerado ilegal y/o vulneratorio de derechos o garantías constitucionales, o desde la última actuación procesal, conforme determinan los arts. 129.II de la CPE y 55 del CPCo; en ese sentido, tomando en cuenta que la nota DIR. JUR. C.J.FF.AA 437/16 es de 24 de junio de 2016 (fs. 21), y esta acción de amparo constitucional fue presentada el 7 de septiembre de igual año (fs. 100 a 110), se tiene que la misma se encuentra dentro del plazo de los seis meses.