AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0289/2016-RCA

Fecha: 07-Oct-2016

improcedencia

El Juez Público Civil y Comercial Sexto -en suplencia legal de su similar Quinto- del departamento de La Paz, por Resolución 623/2016 de 12 de septiembre, cursante a fs. 115 y vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional bajo el fundamento que el accionante no agotó la vía administrativa correspondiente, puesto que no adjuntó los antecedentes de haber interpuesto los incidentes y medios de defensa que la ley franquea, por lo que la presente acción de defensa se encuentra dentro de la causal de improcedencia señalada en el art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo).