AUTO CONSTITUCIONAL 0292/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0292/2016-RCA

Fecha: 10-Oct-2016

Fragmento 8

         Por su parte, el art. 51 del CPCo, establece que la acción tutelar tiene el objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir              o suprimir.