Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2016-O
Fecha: 05-Oct-2016
I.2. Petitorio
En mérito a lo expuesto y fundamentado, amparado en lo dispuesto por el art. 16.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), interpone la presente queja por incumplimiento de la SCP 0472/2015-S1, solicitando se ordene al SENASIR de cumplimiento en su integridad la Resolución 275/2014 de 21 de octubre, como así también el cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional mencionada, en caso de incumplimiento se remitan fotocopias legalizadas al Ministerio Público para su conocimiento e inicie acción penal correspondiente.
- POR TANTO
- I.2. Petitorio
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 5
- el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en le ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso
- mediante Auto expreso, rechazará la queja o la concederá
- Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías
- Fragmento 9
- COMPENSACIÓN DE COTIZACIONES,
- NO HA LUGAR