Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2016-S1
Fecha: 04-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la lesión a la inamovilidad laboral, a un trabajo digno y a una fuente laboral estable; toda vez que, fue destituido de su fuente laboral sin justificativo alguno, ni considerar que su esposa se encontraba en estado de gestación, debido a lo cual acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Pando, que emitió la Conminatoria MTEPS/JDTP 008/16 de 9 de mayo de 2016, disponiendo la inmediata reincorporación a su trabajo y el pago de sus salarios devengados; a pesar de haber sido notificado la autoridad demandada no dio cumplimiento hasta la fecha.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- III.3. El derecho al trabajo, al empleo y la inamovilidad laboral de los progenitores
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR