Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0944/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
II.1.
II.1. Mediante Ley 770 de 17 de diciembre de 2015, se aprobó la transferencia a título gratuito, dos lotes de terreno de propiedad del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, a favor de la Empresa Pública Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario ”EPSA Municipal Cobija”, con destino exclusivo al mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario para la ciudad de Cobija del departamento de Pando, conforme a lo establecido en la Ley Departamental No. 045 de 5 de octubre de 2015 (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3.La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas o vías de hecho en cualesquiera de sus formas: i) Avasallamientos u ocupaciones por vías de hecho de predios urbanos o rurales privados o públicos con limitación arbitraria del derecho a la propiedad, la pérdida o perturbación de la posesión o la mera tenencia del bien inmueble
- III.5.Sobre los presupuestos procesales de activación de la acción de amparo constitucional frente a medidas de hecho
- i)
- cuando se denuncie afectación al derecho a la propiedad,
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR en parte