SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

1)

La accionante a través de su abogado, ratificó íntegramente la acción planteada y ampliando la misma señaló que: 1) Inicialmente suscribió un contrato de alquiler el 27 de febrero de 2016, que en su cláusula quinta inc. b, respecto a las obligaciones y derechos que tiene la inquilina, señalaba: “…la inquilina se compromete a devolver los ambientes en las mismas condiciones en las que recibe, en caso de deterioro deberá correr con los gastos de refacción antes de abandonar el departamento” (sic); 2) El 7 de mayo del señalado año, fue víctima de violencia doméstica, por parte de su ex enamorado, quien hizo desajustes y desarreglos en el departamento que ocupaba, lo cual fue denunciado; sin embargo, la propietaria del departamento –ahora demandada– haciendo justicia por mano propia, con actos violentos y mellando su dignidad le arrebató las llaves en forma abrupta y echó llave al departamento privándole de los servicios básicos, sin permitirle ni siquiera sacar sus pertenencias; 3) La SCP 1403/2011 de 30 de septiembre, señaló que en casos que se altere el contrato el propietario no puede hacer justicia por mano propia y debe acudir a la vía legal; y, 4) Por lo mencionado solicitó se le conceda la tutela, determinando expresamente que existieron medidas de hecho y se ordene la inmediata restitución de la posesión del inmueble donde vive como inquilina con la condenación de cosas, daños y perjuicios y dada la ausencia de la demandada, pese a su legal citación, pide se proceda a la ruptura de candados para el ingreso a su vivienda previa inventariación de Notario de Fe Pública.