SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0947/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

i)

Gladys Lozada Moroni, no se hizo presente en audiencia ni presento informe alguno, pese a su legal notificación cursante a fs. 23; sin embargo, a través de memorial de 23 de mayo de 2016, a fs. 60 y vta., señaló que: i) Se la dejó en indefensión, ya que no se le notificó debidamente con la presente acción tutelar, ya que la notificación se realizó en el departamento que alquiló a la accionante y no así en su domicilio real o laboral, datos que no fueron proporcionados adecuadamente a fines de la notificación con la acción de amparo constitucional y el señalamiento de audiencia; ii) Asimismo, se le notificó en el mencionado departamento con la Resolución de 19 de mayo de 2016, y no así en su domicilio real o laboral, fallo del cual tomó conocimiento cuando la accionante acompañada de dos efectivos policiales y un cerrajero, pretendían forzar el dispositivo de seguridad e ingresar violentamente al departamento que otorgó en alquiler a la impetrante de tutela, presuntamente en cumplimiento a la mencionada decisión; lo cual le fue informado por el conserje del edificio; y, iii) El Tribunal de garantías mediante la Resolución señalada dispuso la restitución a la vivienda en alquiler en favor de la accionante, siendo que ésta no había sido echada en ningún momento ni se le arrebató las llaves de ingreso como falsamente refirió en su memorial de interposición de la presente acción tutelar, al contrario se aseguró el mismo debido a hechos delictivos causados en el interior del departamento de la misma, quien fue conducida a dependencias de la “EPI-6, a INTERPOL y a la FELCC” (sic); sin que la accionante en ningún momento se haya contactado o comunicado para la entrega de las llaves de ingreso al departamento, habiendo con engaños interpuesto la presente acción de defensa con la que se le dejó en total indefensión; empero, siendo respetuosa de la decisión asumida, más allá de las irregularidades, presentó y entregó las llaves del departamento a objeto de que la accionante ingrese al mismo.