Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0948/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.4.
II.4. Según diligencia de notificación de 6 de marzo de 2013, consta que a hrs. 16:15 del citado día, la funcionaria de la Aduana Nacional Regional Santa Cruz, procedió a notificar a José Pedro Terceros Ávila con la citada RA AN-SCRZI-RA–376/2013, diligencia que se practicó en el tablero de notificación en Secretaria, en presencia del testigo Jorge Alberto Toledo con C.I. 5353158 SC (fs. 18).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Requisitos de improcedencia reglada. Delimitación de los efectos procesales frente a su incumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo