SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

II.14.

II.14.  Mediante memorial presentado el 22 de diciembre de 2015, la AFP FUTURO DE BOLIVIA S.A. Regional Oruro, solicitó complementación y enmienda del Auto 161/2015 y que el mismo se anule señalando de manera general que un Juez a título de explicación o enmienda no puede revocar la parte sustancial de la resolución pronunciada, al no ser un medio por el cual el Tribunal de alzada pueda cambiar su propia decisión en el fondo, lo que implica que un pronunciamiento que contradiga y modifique sustancialmente una sentencia o un fallo constituye un atentado a la garantía al debido proceso y a la seguridad jurídica (fs. 222 a 224).