Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0955/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.1.
II.1. Se tiene lo expresado por el accionante tanto en memorial como en audiencia de acción de libertad, que refiere: “En fecha 11 de julio de 2016, se convoca a audiencia de juicio oral y de aplicación de medidas cautelares en contra de mi persona, instalada dicha audiencia se suspendió por ausencia de TRES de los acusados, sin embargo a pesar de haber solicitado la suspensión de la audiencia mediante memorial de 08 de julio de 2016 adjuntando prueba documental, los accionados disponen por declara la rebeldía de forma ilegal…” (fs. 2 y vta.)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1.
- derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro’
- tiene como objetivo principal proteger y restablecer los derechos fundamentales a la libertad personal, la vida cuando se encuentre en peligro, así como los derechos a la integridad física, la libertad de locomoción y debido proceso cuando éste se encuentre directamente vinculado con la libertad personal
- III.2. Declaratoria de rebeldía, mandamiento de aprehensión y posibilidad del imputado o procesado de justificar ausencia al acto convocado
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15